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Internacionales

Las visas españolas menos conocidas para emigrar a este país 

La gran…

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La gran calidad de vida que ofrece España a propios y extranjeros, es sin duda alguna una de las razones por la que miles de inmigrantes en especial los latinos prefieren a este país como lugar para hacer su vida.

El clima es también uno de los factores fundamentales para que las personas elijan este territorio europeo como lugar para resideir. Las temperaturas suaves durante todo el año en la mayor parte del país son un verdadero placer.

Para vivir en España dependiendo del país o las nacionalidades que tengas sabrás lo que necesitas en materia de documento para trasladarte a este maravilloso lugar.

La ley es diferente en cada caso y es importante contar con el asesoramiento experto. Si entras de manera ilegal al país tendrás muchos más problemas.

Por eso desde Q’Pasa te contaremos sobre algunas de las visas menos conocidas para emigrar al país europeo.

Residencia temporal no lucrativa

Está destinada para quienes quieran ir al país por más de tres meses, pero que no tenga ninguna intención de realizar actividades laborales o profesionales.

Para este caso, los requisitos son:

  • No ser familiar de un ciudadano de países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  • Asimismo, no estar ni haber estado de manera irregular un el territorio español
  • No tener antecedentes penales ni en España ni en otros países.
  • Contar con medios económicos suficientes para atender los gastos de estancia y regreso, así como los del resto de sus familiares o acompañantes, sin necesidad de desarrollar una actividad laboral. Y tener seguro médico
  • Para solicitarla, deberá acercarse personalmente a la oficina consular española del lugar donde se encuentre. Ellos tendrán un plazo de un mes para determinar si le aprueban o no la autorización de residencia.
  • Este permiso tendrá una duración inicial de un año, más tarde, tendrá que renovarla, si desea continuar en el país.

Residencia temporal por reagrupación familiar

De acuerdo con las informaciones oficiales, esto aplicaría para quienes tengan familiares con residencia en España.

Estas personas se podrán reagrupar con sus cónyuges, hijos, incluidos adoptados, y los descendientes en primer grado del residente.

El proceso de solicitud de esta residencia estará a cargo del residente que se encuentra en España.

Para ello, deberá acercarse a la Oficina de Extranjería para pedir la residencia temporal a favor de los miembros de su familia.

Residencia temporal con autorización de trabajo

Este permiso lo pueden solicitar en la Oficina consular o ante la Misión diplomática los extranjeros que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Ser un profesional invitado por alguna de las Administraciones Generales del Estado para desarrollar una actividad o programa técnico.
  • También pueden adquirirla los profesores, técnicos, investigadores y científicos invitados por una universidad española.
  • Personal directivo y profesorado de instituciones acreditadas y reconocidas por España para realizar actividades culturales.
  • Funcionarios estatales que vayan a España con intención de desarrollar una actividad de cooperación.
  • Corresponsales de medios extranjeros.
  • Miembros de misiones científicas.
  • Artistas que vayan a hacer una actuación concreta que no suponga continuidad.
  • Ministros religiosos y miembros de la jerarquía de las diferentes iglesias.
  • Extranjeros que formen parte de los órganos de representación, gobierno y administración de sindicados y organizaciones empresariales.
  • Menores extranjeros en edad de laboral tutelados por un servicio de protección de menores.

El proceso de solicitud de esta visa es igual a la primera residencia descrita. Si no hace parte de estos grupos, puede revisar aquí qué es lo que exige el Gobierno español para entregar permisos de trabajo a los colombianos.

Residencia temporal por circunstancias excepcionales

Según las políticas migratorias españolas, hay actualmente tres excepciones para solicitar esta residencia:

Entre las que están; por razones de protección internacional, por razones humanitarias o por razones de seguridad nacional o interés público.

En cualquiera de los tres casos, deberá demostrar que cuenta con una situación de vulnerabilidad por la cual necesita la autorización de residencia.

Vale recordar que estas residencias no son de carácter permanente, solo temporal y deben renovarse.

Aunque cabe anotar que después de 5 años en el territorio español con estos permisos, es posible solicitar la residencia permanente.