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Código Penal endurece penas y mantiene el castigo al aborto
Santo Domingo, 31 jul – La reforma del Código Penal de la República Dominicana aprobada este jueves por el Congreso Nacional dominicano endurece las penas para varios delitos, incluye otros y mantiene la penalización del aborto.
Lo aprobado, cuyo anterior texto data desde 1884, pasará al Poder Ejecutivo donde se espera su promulgación por el presidente Luis Abinader, quien extendió la legislatura para que la iniciativa continuara sus debates.
ESTUVO MÁS DE 20 AÑOS PULULANDO EN EL CONGRESO
El proyecto se mantuvo por más de 20 años «pululando» en el Congreso Nacional y en dos oportunidades fue vetado por el Poder Ejecutivo, antes de que Abinader asumiera la Presidencia en 2020.
Esta legislación, que entrará en vigencia un año después de su promulgación, incluye sanciones para más de 70 tipos de delitos que no están incluidos en el antiguo texto.
Entre las conductas que serán castigadas con el nuevo Código figuran el uso abusivo de la autoridad pública, la revisión injustificada de vehículos sin causa probable, estafas piramidales, enriquecimiento ilícito, conflicto de intereses, sobrevaluación y alteración de precios.
Asimismo, crímenes de guerra, inducción al suicidio, acoso escolar, terrorismo, ordenar la muerte a través de sicarios, acoso, exhibicionismo, carreras clandestinas en cualquier tipo de vehículos o el impedimento del paso a las ambulancias.
El código también aborda la comisión por omisión, estableciendo que un resultado típico será atribuible a quien, teniendo el deber y la posibilidad de evitarlo, no lo haga. Se especifican condiciones para que la omisión sea punible, como ser garante de la protección de un bien jurídico o de la vigilancia de una fuente de peligro.
En cuanto a las sanciones, el código clasifica las infracciones en muy graves, graves y leves, según el daño personal, material y social que entrañen.
Se aprobó el cúmulo de penas, lo que determina que el máximo período de prisión no sería ya de 30 años para aquellos crímenes considerados muy graves.
Para cada tipo de infracción, se detallan las penas de prisión, las multas (basadas en el salario mínimo del sector público) y las penas complementarias. En caso de reincidencia, las sanciones se agravarán, con plazos específicos de aplicación, siendo el aumento de pena inmediato para las personas físicas.
El límite máximo de pena aplicable en el concurso de infracciones muy graves, cuando son de la misma naturaleza, no podrá exceder los sesenta años de prisión mayor.
Uno de los puntos que causó mayores debates a lo largo de los años fue el de la despenalización del aborto impulsado por organizaciones feministas y otros sectores nacionales.
El Código Penal aprobado mantuvo el aborto como un crimen, apuntalado en que la Constitución establece que el derecho a la vida está garantizado desde la concepción hasta la muerte.
La aprobación del Código fue rechazado por el Ministerio de la Mujer, al considerar que no reconoce a las mujeres su derecho a la salud integral y a la autonomía física, lo que afectaría especialmente a las mujeres pobres.
El organismo también expresó recientemente que le preocupa que el código permita el uso de la violencia como método disciplinario, lo cual fomenta una cultura de violencia y no un enfoque basado en el respeto a los derechos.
(Con información de Agencia EFE)
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